| Garantía de asistencia 24 h | Límites |
| Rescate en pistas. | ILIMITADO |
| Rescate en helicóptero. | ILIMITADO |
| Gastos Médicos, quirúrgicos, farmacéuticos prescritos y de hospitalización por enfermedad o accidente. | España: 3.000 € Europa y Mundo: 15.000 € |
| Pago de muletas. | 300 € |
| Repatriación o traslado sanitario de heridos o enfermos hasta un centro hospitalario adecuado o hasta su domicilio. | ILIMITADO |
| Repatriación o traslado del asegurado fallecido. | ILIMITADO |
| Repatriación o traslado del acompañante del asegurado cuando este haya sido repatriado. | ILIMITADO |
| Prolongación de estancia en el hotel del asegurado y un acompañante asegurado por motivos de enfermedad o accidente. | 75 €/día (Max. 750 €) |
| Envío a un familiar por hospitalización: - Desplazamiento: - Gastos de estancia del familiar desplazado: (75 €/ día) | ILIMITADO 750 € |
| Regreso anticipado del asegurado por enfermedad o accidente de un familiar de primer o segundo grado. | ILIMITADO |
| Búsqueda y rescate en montaña dentro del recinto de la estación de esquí (franquicia de 120€). | 15.000 € |
| Trasmisión de mensajes urgentes. | INCLUIDO |
| Envío de conductor profesional por enfermedad o accidente cuando ni el asegurado ni el acompañante puedan conducir. | INCLUIDO |
| Gastos de anulación | Límites |
| Gastos de anulación de viaje:......................................................................... 1. Enfermedad grave o accidente grave o fallecimiento de: - El Asegurado, su cónyuge, ascendientes o descendientes de hasta tercer grado. - El acompañante del asegurado, inscrito en la misma reserva. - Su sustituto profesional, siempre y cuando sea imprescindible que el cargo o responsabilidad deba entonces asumirlo el Asegurado. - La persona encargada durante el período de viaje y/o estancia, de la custodia de los hijos menores o incapacitados. 2. Perjuicios graves como consecuencia de robo, incendios u otras causas similares que afecten a: - La residencia habitual y/o secundaria del Asegurado. - El local profesional en el que el Asegurado ejerce una profesión liberal o sea el explotador directo (gerente). Y necesariamente impliquen la presencia del Asegurado 3. Despido laboral del Asegurado, siempre que al inicio del seguro no existiera comunicación verbal o escrita. 4. Incorporación a un nuevo puesto de trabajo, en una empresa distinta con contrato laboral y siempre que la incorporación se produzca con posterioridad a la adhesión del seguro y de la que no se tuviese conocimiento en la fecha en la que se hizo la reserva de la estancia. 5. Convocatoria como parte o miembro de un jurado o testigo de un tribunal de Justicia. 6. Convocatoria como miembro de una mesa electoral. 7. Presentación a exámenes de oposiciones oficiales convocadas a través de un organismo público con posterioridad a la suscripción del seguro. 8. Anulación por parte de un acompañante, que suscribió el mismo tipo de servicio, como consecuencia de alguna de las causas descritas en la póliza. Si el Asegurado decidiera mantener la contratación de la estancia y utilizarla en solitario, ARAG se haría cargo de los gastos adicionales que el Organizador Turístico le imputara en concepto de suplemento individual. 9. Actos de piratería aérea, terrestre y naval que imposibilite al asegurado iniciar su viaje. Se excluyen los actos terroristas. 10. Robo de la documentación o equipaje que imposibilite al Asegurado iniciar o proseguir su viaje. 11. Conocimiento con posterioridad a la contratación de la reserva, de la obligación tributaria de realizar una declaración paralela de renta, cuya cuota a liquidar supere los 600€. 12. La no concesión de visados por causas injustificadas. Queda expresamente excluida la no concesión de visados siempre que el asegurado no haya realizado las gestiones pertinentes dentro del plazo y forma para su concesión. 13. El traslado forzoso del trabajo por un período superior a 3 meses. 14. La llamada inesperada para intervención quirúrgica de: - El Asegurado, su cónyuge, ascendientes o descendientes de hasta tercer grado. - El acompañante del asegurado, inscrito en la misma reserva. - Su sustituto profesional, siempre y cuando sea imprescindible que el cargo o responsabilidad deba entonces asumirlo el Asegurado. - La persona encargada durante el período de viaje y/o estancia, de la custodia de los hijos menores o incapacitados. 15. Las complicaciones del embarazo o aborto espontáneo. Se excluyen partos y complicaciones del embarazo a partir del séptimo mes de gestación. 16. La declaración oficial de zona catastrófica en el lugar de residencia del Asegurado o en el lugar de destino del viaje. También queda cubierto por esta garantía la declaración oficial de zona catastrófica del lugar de tránsito hacia el destino, siempre que éste sea el único camino por el cual acceder a éste. Se establece un importe de indemnización máximo por siniestro de 30.000€. 17. La obtención de un viaje y/o estancia similar a la contratada, de forma gratuita, en un sorteo público y ante Notario. 18.Retención policial del Asegurado por causas no delictivas. 19. Entrega de un hijo en adopción. 20. Convocatoria del Asegurado para trámites de divorcio. 21. Prórroga da contrato laboral del Asegurado. 22. Concesión de becas oficiales que impidan la realización del viaje. 23. Inesperada llamada para transplante de órganos del Asegurado, familiar hasta segundo grado de parentesco o el acompañante del Asegurado. 24. Firma de documentos oficiales del Asegurado en las fechas del viaje, exclusivamente ante la Administración Pública. 25. Cualquier enfermedad grave de niños menores de 48 meses que sean asegurados por esta póliza. 26. Declaración judicial de suspensión de pago de una empresa que impida al Asegurado el desarrollo de su actividad profesional. 27. Avería en el vehículo propiedad del Asegurado que impida el inicio o la continuidad del viaje. La avería deberá suponer un arreglo superior a 8 horas o un importe superior a 600€, en ambos casos según baremo del fabricante. 28. Gastos de cesión del viaje del Asegurado a otra persona por alguna de las causas garantizadas. | 1.500 € |
| Garantías de servicios no disfrutados | Límites |
| Reembolso del forfait por enfermedad o accidente del asegurado (máx. 30 €/día). | 300 € |
| Reembolso de clases de esquí por enfermedad o accidente del asegurado (máx 30 €/día). | 300 € |
| Demora del viaje en la salida del medio de transporte público (25 € por cada 6 horas de retraso). | 150 € |
| Pérdida del equipo facturado en línea aérea. | 500 € |
| Alquiler del equipo, de esquí o snowboard, por demora superior a 24 horas de material de esquí facturado en línea aérea. | 100 € |
| Noche de hotel por demora antes de la llegada a la estación por causas meteorológicas o avería del medio de transporte (75 €/ por día de retraso). | 150 € |
| Extensión del viaje por exceso de nieve (75 €/ día). | 150 € |
| Overbooking o cambio de servicios inicialmente contratados. | 150 € |
| Pérdida de servicios inicialmente contratados. | 150 € |
| Responsabilidad Civil | Límites |
| Responsabilidad civil del esquiador. | 60.000 € |
| Responsabilidad civil del profesor, monitor, guía o acompañante. | 60.000 € |